Impacto de nuevas leyes de alquiler en Inglaterra para inversores de Hong Kong

Las recientes reformas en las leyes de alquiler en Inglaterra están generando un impacto notable en los inversores extranjeros, especialmente aquellos provenientes de Hong Kong y China continental. Un nuevo límite en los alquileres de terrenos para propietarios de arrendamientos en Inglaterra y Gales ha sido interpretado como un beneficio para estos inversores. Sin embargo, la implementación de medidas más estrictas en la fijación de alquileres está comenzando a enfriar la demanda en el mercado inmobiliario.

Según datos de JLL, se estima que hay unas 203,000 casas en Inglaterra y Gales registradas a nombre de propietarios con dirección en el extranjero. Los inversores de Hong Kong representan el 14% de este grupo, lo que los convierte en la mayor comunidad de inversores extranjeros en este segmento. Por su parte, los propietarios de China continental constituyen aproximadamente el 6% de los inversores. Londres sigue siendo el destino preferido, albergando más de un tercio de las viviendas de propiedad extranjera, es decir, alrededor de 68,700 unidades.

En el contexto de estas reformas, los inversores de Hong Kong poseen aproximadamente el 19% de las viviendas de propiedad extranjera en Londres, mientras que los inversores de China continental representan cerca del 12%. Un cambio fundamental en este panorama es la aprobación de la Ley de Derechos de los Inquilinos (RRA) el año pasado, que prohíbe a los propietarios desalojar a los inquilinos en los primeros 12 meses del contrato de arrendamiento, entre otras disposiciones.

“La Ley de Derechos de los Inquilinos está redefiniendo el mercado de alquiler en el Reino Unido”.

Además, la ley exige que los propietarios notifiquen a los inquilinos con dos meses de anticipación sobre cualquier aumento de alquiler, y establece que el nuevo alquiler debe fijarse al precio del mercado. Si un inquilino considera que el aumento es excesivo, tiene la opción de impugnarlo ante un tribunal designado.

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